Desde el 1 de Mayo se encuentra vigente un nuevo régimen para solicitar la refinanciación de tributos adeudados ante la Dirección General Impositiva, estos nuevos beneficios se encuentran regulados en la Ley 19.942 y constan en la exoneración de multas y recargos además de no cobrarse intereses de financiación.
Las deudas en este nuevo régimen dan facilidades de convertir a Unidades Indexadas y puedan abonarse hasta en 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. El plazo para presentar convenios bajo esta modalidad va hasta el 28 de febrero de 2022 y comprende deudas cuyo plazo de pago sea hasta el 28 de febrero de 2021.
Es de destacar que es un régimen más beneficioso para los contribuyentes que el vigente hasta el momento.
Por otro lado, BPS implementó un mecanismo similar que permite refinanciar deudas generadas hasta el mes de marzo de 2021. Pueden ampararse empresas cuya actividad sea comprendida en Industria y Comercio, Construcción, Servicios Personales, Servicio Doméstico o Rurales. Este nuevo régimen permite la financiación de la totalidad de aportes adeudados en plazos que van desde 36 cuotas en pesos y hasta 72 cuotas en unidades reajustables.
El plazo para la presentación de convenios bajo estos beneficios es hasta el 28 de febrero de 2022.
Para obtener mas información sobre cómo obtener estos beneficios, o ampararse a alguno de ellos puede contactarse a través de nuestros canales o agendar una reunión en nuestro sitio web.